La Justicia de Paz de Ituzaingó hizo lugar a una medida cautelar urgente y ordenó la reconexión inmediata del servicio de agua potable para un adulto mayor del distrito. El fallo salió en el marco de una acción de amparo patrocinada por la Defensoría Oficial.

La empresa prestataria había interrumpido el suministro por una deuda acumulada. El vecino dejó de recibir la boleta en papel y no pudo abonar la factura: desconocía cómo descargarla en formato digital o usar las aplicaciones de cobro.

La brecha digital como causa

El juez cuestionó la supresión unilateral del soporte papel y sostuvo que la brecha digital no representa una falta de voluntad de pago, sino una condición objetiva de exclusión para las personas mayores. Condicionar un servicio vital al uso obligatorio de plataformas electrónicas vulnera derechos fundamentales, remarcó en la resolución.

La prestataria tiene un plazo de 24 horas para restablecer el servicio y no puede realizar nuevos cortes mientras dure el proceso. Además, deberá pagar una multa diaria de un millón de pesos por cada día de retraso y facilitarle al vecino facturas en papel y un plan de pago acorde a su situación.